EL GERENTE MANDATARIO EN DERECHO FRANCÉS Y MEXICANO
Dr. Jean Boudaud[1]
SUMARIO: Abstract. 1.- Calificación del gerente mandatario. 1.1.- El gerente, mandatario civil, en Francia. 1.2.- El gerente, mandatario mercantil, en México. 2.- Régimen jurídico del gerente mandatario. 2.1.- Formación del contrato de gerente mandatario. 2.2.- Ejecución del contrato de gerente mandatario. 2.2.1.- Obligaciones del gerente mandatario. 2.2.1.1.- Cumplimiento de la misión. 2.2.1.1.1.- Beneficiario de la misión. 2.2.1.1.2.- Modalidades de ejecución de la misión. 2.2.1.2.- Rendición de cuentas. 2.2.2.- Derechos del gerente mandatario. 2.2.2.1.- Derecho a la cooperación del mandante. 2.2.2.2.- Derecho a la remuneración. 2.2.2.3.- Derecho al reembolso de los gastos. 3.- Terminación del contrato de gerente mandatario. 3.1.- Causas de terminación voluntaria. 3.1.1.- En Derecho francés. 3.1.1.1.- Renuncia del gerente mandatario. 3.1.1.2.- Revocación del poder por el mandante. 3.1.2.- En Derecho mexicano: renuncia y revocación. 3.2.- Causas de terminación involuntaria. 3.2.1.- En Derecho francés. 3.2.1.1.- Muerte de las partes. 3.2.1.2.- Quiebra de las partes. 3.2.2.- En Derecho mexicano. 3.2.2.1.- Muerte de las partes. 3.2.2.2.- Quiebra de las partes. Bibliografía.
Palabras claves: Gerente mandatario, factor, poder general de administración, cumplimiento de la misión, rendición de cuentas, actos jurídicos, materiales o intelectuales, mandato aparente, diligencia, eficacia, lealtad, cooperación del mandante, remuneración.
Resumen:
Para la distribución de sus productos, las empresas comerciales o industriales, a
menudo, confían la administración de su establecimiento principal o de sus sucursales a personas llamadas gerentes. El gerente de un establecimiento principal o de una sucursal de venta no es necesariamente asalariado; puede ser mandatario. El contrato de mandato crea obligaciones a cargo del mandatario tales como la obligación de cumplir su misión en el marco de las instrucciones recibidas y la obligación de rendir cuentas. Estas obligaciones limitan parcialmente y provisionalmente el poder de decisión del gerente, sin embargo, no crean entre él y la empresa mercantil una relación de subordinación jurídica y no causan automáticamente la aplicación del derecho social al gerente. Generalmente, la empresa confía la distribución de sus productos a mandatarios con el fin de evitar la aplicación del derecho social. La particularidad del gerente es que tiene un poder general de administración. Realiza dos categorías de actos; actos jurídicos cuando celebra contratos con terceros por cuenta y en nombre de la empresa, y actos materiales o intelectuales cuando se limita a administrar el establecimiento principal o la sucursal de venta, sin celebrar contratos. En el primer caso es mandatario y en el segundo caso es prestador de servicios. Tiene entonces una doble función.